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Apoyo económico para hijas e hijos de madres trabajadoras

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La Secretaría de Bienestar del Gobierno de México mantiene vigente en 2026 el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, un apoyo económico dirigido a familias que enfrentan la ausencia de uno o ambos padres en el cuidado de menores.

Monto del apoyo económico
El programa contempla un apoyo bimestral de $1,650 por niña o niño y de hasta $3,720 en casos de discapacidad. La entrega se realiza mediante una tarjeta del Banco del Bienestar y puede cubrir hasta tres menores por hogar, salvo situaciones de nacimientos múltiples. Los montos corresponden a las cifras publicadas para el ejercicio fiscal 2026 y pueden modificarse en futuras actualizaciones oficiales.

Cómo se realiza la entrega
Los depósitos se programan de forma bimestral y se distribuyen conforme al calendario oficial correspondiente. El programa tiene cobertura nacional y está orientado principalmente a hogares donde una sola persona se encuentra a cargo del cuidado de niñas y niños. Para evitar errores, conviene revisar siempre las Reglas de Operación vigentes antes de considerar un monto o fecha como definitivo.

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Registro y seguimiento del beneficio
El registro y seguimiento del apoyo puede realizarse mediante los canales habilitados por la Secretaría, incluyendo herramientas digitales disponibles para facilitar trámites y validar la información de las personas beneficiarias. Estas plataformas buscan reducir duplicidades y mantener actualizado el padrón, mientras que las fechas exactas de depósito dependen del calendario oficial establecido para cada periodo.

Dos modalidades de atención
El programa contempla una modalidad dirigida a madres trabajadoras, que atiende a niñas y niños de 0 a 3 años 11 meses, ampliándose hasta 5 años 11 meses cuando existe discapacidad. La segunda modalidad corresponde a orfandad materna y está destinada a niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 23 años que hayan perdido a su madre.

Cómo funciona cada modalidad

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El objetivo declarado del programa es contribuir a mejorar el acceso a cuidados y educación de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en situación de vulnerabilidad, mediante un apoyo económico entregado directamente a la persona responsable de su cuidado.

Modalidad A: Apoyo para hijos de madres trabajadoras

Dirigida a madres, padres solos o tutores que trabajan, buscan empleo o estudian y no cuentan con acceso a guardería. El apoyo busca cubrir parte de los gastos de cuidado infantil mientras la persona responsable continúa con sus actividades laborales o académicas.

Modalidad B: Apoyo por orfandad materna

Dirigida a hijas e hijos cuya madre falleció a partir de marzo de 2013, así como a quienes estuvieron afiliados al extinto Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia. Aplica hasta los 23 años de edad de la persona beneficiaria.

En ambas modalidades el recurso se entrega mediante la tarjeta del Banco del Bienestar, directamente a la madre, padre o persona tutora registrada, sin intermediarios. El programa también contempla lineamientos específicos para población indígena, con documentación adaptada a usos y costumbres de la comunidad correspondiente.

Documentación requerida

La documentación varía según la modalidad. Para la modalidad de madres trabajadoras, se solicita lo siguiente:

De la madre, padre o tutor

Escrito bajo protesta de decir verdad sobre su situación laboral o escolar, cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, identificación oficial, CURP y comprobante de domicilio actualizado.

De la niña o el niño

Acta de nacimiento y CURP en original y copia. En casos de discapacidad no visible, se requiere certificado médico emitido por institución pública o médico con cédula profesional.

Para la modalidad de orfandad materna, la persona responsable debe presentar identificación oficial, copia certificada del acta de defunción de la madre (o acta de presunción de muerte, con vigencia no mayor a tres meses), acta de nacimiento y CURP de cada hija o hijo, así como una carta responsiva en formato libre donde se comprometa a administrar el recurso en beneficio de las y los menores.

Para población indígena

Se solicita constancia de pertenencia emitida por autoridades indígenas o documento equivalente, además de un escrito sobre la situación laboral o escolar de la persona responsable.

Qué revisar antes de tramitar el apoyo

El trámite se realiza a través de los módulos y mecanismos que habilita la Secretaría de Bienestar, conforme a las Reglas de Operación vigentes para el ejercicio fiscal correspondiente.

1. Identifica tu modalidad
2. Reúne documentos
3. Acude al módulo
4. Confirma tu registro

Antes de acudir a realizar el trámite conviene verificar que la niña, niño o joven se encuentre dentro del rango de edad correspondiente a la modalidad, que la documentación esté vigente y completa, y que no existan tachaduras o alteraciones en los documentos entregados, ya que esto puede ser motivo de rechazo del expediente.

Los montos, límites por hogar y criterios de elegibilidad pueden actualizarse cada ejercicio fiscal. Consulta las Reglas de Operación vigentes publicadas por la Secretaría de Bienestar para confirmar la información aplicable a tu caso.

Las familias que consideren cumplir con los criterios de alguna de las dos modalidades deben revisar con cuidado los documentos exigidos para cada caso, ya que la ausencia de un solo comprobante puede retrasar la incorporación al programa.